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En su primera sentencia Corte Penal Internacional condena reclutamiento forzado de niños

Los Niños de la Guerra

A raíz del primer e histórico fallo de la Corte Penal Internacional (CPI), que declaró culpable al líder de grupo armado Unión de Patriotas Congoleses (UPC), Thomas Lubanga, por reclutamiento forzado de niños, Francesca Varda, coordinadora para América Latina de la Coalición por la CPI; Miguel Huerta, director de la Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH); Alex Carranza, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad San Martín de Porres; y Salvador Herencia Carrasco, del Área de Estudios y Proyectos de Salgalú, comentaron en el programa Opinión de Salgalú TV Online (www.salgalu.tv) el precedente que marca esta sentencia y la trascendencia que podría tener en nuestro país frente al reclutamiento de niños por parte de Sendero Luminoso. 

Según Francesca Varda, esta sentencia de la CPI establece parámetros jurisprudenciales y visibiliza el crimen de reclutamiento forzoso de niños en conflictos armados. "Este fallo eleva a una escala superior este delito, y promueve la reflexión sobre la naturaleza de un acto tan perverso y las implicancias tan graves que tiene en el desarrollo de la vida de los niños que viven en ese contexto", señaló Varda. 

La directora para América Latina de la Coalición por la CPI destacó el hecho que la primera sentencia de la CPI se refiera al delito de reclutamiento de niños para convertirlos en soldados y aseguró que esta sentencia debe "impulsar la visibilización de este grave problema y la adopción a nivel local de medidas para enfrentar y sancionar el reclutamiento de niños". Varda calificó la sentencia de la CPI como "histórica", porque, dijo, deja claro que el delito de reclutamiento forzado de niños no puede quedar en la impunidad. 

Para Salvador Herencia Carrasco, esta sentencia es importante porque es el primer fallo que se refiere exclusivamente a la responsabilidad penal internacional de una persona por el reclutamiento de niños soldados. "Esta sentencia es muy significativa, ya que si bien hay un Protocolo de la Convención de los Derechos del Niño que prohíbe el reclutamiento de menores de 18 años, hasta la fecha no había una sentencia que establezca los parámetros internacionales y las obligaciones del Estado frente a este delito", comentó Herencia Carrasco. 

Herencia Carrasco destacó que un aspecto "muy importante" de la sentencia de la CPI es la definición del término "participación activa" de un niño en un conflicto armado. "En este caso, la CPI consideró como delito cualquier tipo de participación de un niño en un conflicto armado. No sólo se considera delito reclutar a un niño para que actúe en el campo de batalla, que sea reclutado para participar en actividades de apoyo aunque no empuñe un arma también es considerado un delito. El mero reclutamiento de un niño es considerado por la CPI como un delito internacional". 

Reclutamiento de niños en el Perú

Miguel Huerta señaló que esta sentencia de la CPI tiene trascendencia en el Perú por el reclutamiento de niños que hace Sendero Luminoso en el VRAE, conducta que, afirmó Huerta, debe ser sancionada y castigada como corresponde. El director de COMISEDH llamó la atención sobre la ausencia de una norma legal en el Perú que sancione el reclutamiento de niños para hacerlos participar en un conflicto armado y la inexistencia de programas de reinserción social de los niños que han sido reclutados y son rescatados. 

“En el Perú no se han tomado medidas concretas contra el reclutamiento de niños. En nuestra legislación no existe la figura legal de reclutamiento forzado de niños por la cual la CPI ha condenado a Lubanga, no hay información de que se haya sancionado a los responsables, tampoco hay información de los niños que aparentemente fueron rescatados. Es necesario regular en nuestra legislación los crímenes de guerra", afirmó Huerta. 

"Hubo una propuesta normativa -precisa Huerta- que el Congreso anterior no aprobó, que consistía en un programa para la reinserción de aquellos niños que han sido reclutados. Existe un programa para niños desplazados, pero no es suficiente. Tenemos conocimiento que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) está trabajando para reactivar esta propuesta, planteando perfeccionar dicho programa y volver a presentarlo. Creemos que es fundamental que el Ejecutivo remita dicha propuesta al Congreso y sea aprobada".

Sobre la ausencia de una legislación nacional que sancione el reclutamiento forzado de niños para hacerlos participar en un conflicto armado, Alex Carranza indicó que la sentencia de la CPI "nos brinda un marco jurisprudencial para elaborar o plasmar nuestra propia legislación nacional". 

“Es imperativo y urgente tener una legislación nacional que sancione el reclutamiento de niños. Lamentablemente, en zonas alejadas como el VRAE no se tiene un registro, una identificación de los niños que han sido reclutados, para así poder establecer al sujeto de este delito y criminalizar esta acción. Fallos como el de la CPI nos permiten establecer criterios y salir de un estado de impunidad para ir a instituciones sólidas que puedan garantizar que los responsables de este delito sean sentenciados", afirmó Carranza.

Salvador Herencia Carrasco indicó que un problema frente al reclutamiento de niños en el Perú es que no hay datos oficiales sobre esta práctica en el país. "El Estado no sabe cuántos niños son, no hay información. Estamos hablando de niños que son reclutados desde los 8 años y a partir de los 12 años ya pueden estar en enfrentamientos con la Policía o las Fuerzas Armadas. De acuerdo a datos de diferentes medios de comunicación, se estima que habría cerca de mil niños que han sido reclutados por Sendero Luminoso. Es necesaria una política pública para la reinserción de estos niños".

El caso Colombia

En América Latina, Colombia es un país en el que se presenta con especial gravedad el problema de reclutamiento de niños para la guerra por parte de los distintos grupos armados en conflicto. Sobre el efecto que puede tener este fallo de la CPI -Colombia es uno de los países que está bajo observación preliminar de la CPI- en la situación que se da en Colombia, Paula Delgado-Kling, escritora y bloguera colombiana, aseguró que "la sentencia contra Thomas Lubanga da un fuerte mensaje para quienes quieran enlistar a niños de que esta práctica constituye un delito internacional y que no hay impunidad". 
 

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