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Su aplicación se daría en más de tres años

Se aprueba el reglamento de la Ley de alimentación saludable

Después de más de cuatro años de que fuera aprobada la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (Ley 30021), la cual busca promover y proteger el derecho a la salud pública de los peruanos, recién este viernes 16 de junio será publicado su reglamento en las Normas Legales de El Peruano. 

Sin embargo, y a pesar de su importancia, en la nueva versión del reglamento se incluyeron modificaciones que postergarán la aplicación real de dicha norma hasta por más de tres años y medio. 

Esta ley, la cual fue aprobada en mayo del 2013 incluye la supervisión de la publicidad y la información, así como la implementación de kioscos y comedores ‘saludables’ en las escuelas del país.

¿Qué dice el reglamento?

El presidente del Consejo de Ministros, Fernando Zavala, comentó el miércoles que para la elaboración del reglamento se ha buscado seguir ‘las mejores prácticas’ que ya se aplican sobre este tema en otros países de Latinoamérica y Europa.

"Con este reglamento, los productos en el futuro tendrán una advertencia en el empaque y también en las propagandas, lo cual permitirá que los ciudadanos sepan con mayor claridad lo que están consumiendo. Con esta aprobación se establecen los parámetros técnicos que se utilizarán para definir qué son considerados niveles altos en sodio, azúcar y grasas saturadas", enfatizó Zavala. 

Agregó que con el reglamento en vigencia, los productos que superen los parámetros permitidos tendrán una advertencia en el empaque y en las propagandas. “Permitirá que los ciudadanos sepan con mayor claridad lo que están consumiendo”, declaró.

Fases de implementación 

En efecto, el artículo 4 del reglamento establece que los parámetros técnicos, que se utilizan para determinar si un producto tiene alto contenido de dichos insumos, entrarán en vigencia en dos fases. Si superan esos valores deberá colocarse una advertencia en la etiqueta. 
La primera etapa se aplicará nueve meses después de que se apruebe el “Manual de Advertencias Publicitarias”. El ministro de la Producción, Pedro Olaechea, indicó que en ese tiempo las empresas deberán adaptarse a la nueva legislación.

Los parámetros definitivos entrarán en vigencia recién 42 meses después de aprobado el manual, es decir, luego de tres años y medio, pero podrán actualizarse si surge nueva evidencia científica que justifique una modificación.

La redacción del manual, que no estaba contemplado en la ley original, estará a cargo del Ministerio de Salud. El plazo máximo para su elaboración es de dos meses desde la publicación del reglamento.

Ante esto, Alexandro Saco, directivo de Foro Salud cuestionó que se establezcan plazos tan extensos de adaptación para las empresas involucradas, pues –además de los parámetros y el etiquetado– la norma incluye estrategias de promoción de hábitos de vida saludable.

“El reglamento no necesita tanto tiempo para implementarse. Es una burla, pues la norma tiene otras consideraciones como el observatorio nutricional y los quioscos escolares. Están convirtiendo el reglamento en un documento semi inaplicable”, declaró el especialista de Foro Salud.

Lo más grave, sin embargo, es que también se establecen límites menos estrictos para la calificación y etiquetado de los alimentos no saludables. Estos nuevos parámetros técnicos, aseguran expertos, no se ajustan a las sugerencias de la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud (OMS/OPS).

“Sería grave que se aprueben esos valores. La ley es muy clara: dice que se pondrán advertencias de alto en azúcar, sodio y grasas en función de los parámetros y el conjunto de criterios determinados por OPS/OMS, que agrupa a todos los ministerios de Salud del mundo”, sostuvo Jaime Delgado, de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec).

Por su parte, Faviola Jiménez, directora de la Red Peruana de Alimentación y miembro del grupo impulsor Inversión en la Infancia, sostuvo que “a pesar de la aprobación del reglamento se tiene que tener cuidado con lo que diga y debe ser analizado rigurosamente por los especialistas de la salud a fin de que cumpla con los términos establecidos por la OPS)”. 

Frente a esto, la Sociedad Nacional de Industrias (SIN), que se ha opuesto a la referida ley desde el inicio, ha criticado que se utilicen las referencias de la OMS/OPS, pues asegura que no tienen respaldo ni base científica.

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